jueves, 28 de noviembre de 2013

¿Alternativa al feudalismo? Los problemas del argumento de Reynolds.



Después de un par de semanas, vuelve el aburrimiento feudal. Pero ya terminamos la serie. Hoy toca hablar de los agujeros, las incongruencias y la debilidad en lo que nos plantea Reynolds.

En mi opinión, Reynolds destruye toda la base empírica del feudalismo mirando las fuentes de donde supuestamente se ha deducido y haciendo una lectura crítica. No en vano su libro tiene por subtítulo The Medieval Evidence Reexamined. Con numerosísimas citas, demuestra que no existe ningún lugar donde el modelo feudal sirva para explicar ni el gobierno ni las relaciones sociales, demuestra que incluso pilares del feudalismo no casan con el modelo si miramos quién y cómo lo hace (como serían las feudal aids que ya mencioné).

Sin embargo, cuando se destruye una teoría también hay que plantear una explicación alternativa. Al menos, sería apropiado plantear algunas hipótesis sobre qué está pasando en esos documentos que lee de otra forma. Y aquí aparecen diversos problemas.

El primero es que está trabajando en un ámbito geográfico y cronológico amplísimo. Ello significa que ni puede leer todo, ni todo lo puede leer con suficiente atención. Ello se hace problemático para desarrollar una nueva explicación. En alguna reseña sobre el libro comentan cosas sobre uno de los aspectos que más comenta: los documentos de enfeudamiento de Montpellier y cómo lo que dicen no se ajusta exactamente a lo que ella expone (reseña muy larga, en inglés, un tanto técnica). Esencialmente, plantea que ha leído esos documentos, pese a todo, como todos los historiadores desde el XIX han hecho siempre: como conversión de alodios en feudos [de reprise]. Él plantea que estos documentos nos muestran algo más complejo y desconcertante: cada nueva persona que entra en posesión de las tierras que se ceden y entregan está siguiendo el mismo proceso de cederlas y recibirlas, siempre del alodio al feudo. No tiene sentido, es ocmo si los herederos hicieran la misma donación constantemente. Se plantea aquí la opción de que lo importante no sea la tierra en sí y los derechos, sino el ritual de donación e investidura. Algo que Reynolds rechaza completamente, en reacción a la demasiada relevancia que se le ha dado en el feudalismo a las relaciones interpersonales como eje social.

Un segundo problema lo encontramos en su anacrónica diferenciación entre lo público y lo privado. Entre gobierno y propiedad. Prerrogativas que señalaríamos como gubernamentales, en la Edad Media, seguramente incluso más recientemente, todavía se encuentran como derechos eminentemente privados con los que se comercia y negocia como cualquier otra propiedad. Impuestos, rentas, levas, la misma jurisdicción no son cosas que aparezcan únicamente en manos de lo que llamaríamos gobiernos, incluso en sus formas medievales, los propietarios los usan, transfieren y ganan en litigios habitualmente. ¿Se puede separar fácilmente la frontera entre la acción de gobierno y la acción sobre la propiedad? No, siempre son los propietarios los que gobiernan.

Otro más es que la cronología de cambio del feudo no aparece clara. Plantea dos momentos diferente en los que detecta el cambio: en una parte dice que a finales del siglo XI, en otra dice que sucede a lo largo del XII. No es lo más relevante, por supuesto, pero pone de manifiesto todas las dificultades tras su intento de desentrañar la historia del feudo. No está claro, en absoluto, cómo se transforman las propiedades nobiliarias en feudos. ¿Por qué sucedería si no hay, al principio, ningún cambio jurídico y siguen siendo propiedades plenas? Esto nos lleva a la siguiente cuestión.

El cuarto gran problema es que no explique el lugar que ocupan las relaciones sociales derivadas de los sistemas de propiedad que expone en su libro. Dibuja, insinúa, algunas cosas. También hay que decir que tiene un libro, Kingdoms and Communities, que toca más este aspecto, pero también tangencialmente, pues trata más de los conceptos y el imaginario que no las relaciones strictu sensu. Pero digamos, ¿qué mueve la lealtad o deslealtad más allá de las relaciones puramente interpersonales? ¿Qué solidaridades existen en las comunidades? ¿Hay una clase propietaria que podamos considerar relativamente homogénea y, por tanto, una clase propiamente dicha? ¿Los derechos y obligaciones de la propiedad provienen de la propiedad o de los rituales de intercambio que vemos, como dice la reseña que enlazo anteriormente?

Esto último no es algo insignificante. La solidez del modelo feudal, al margen de haber sido la única voz en la historia medieval durante siglos, es que es una muleta perfecta para conferir sentido a los documentos. Es muy fácil decir que X noble se está rebelando en respuesta a una violación del contrato feudal, que los señores acuden a la curia como parte de su obligación feudal, que hay tantos días de servicio militar y el largo etcétera con el cual podríamos proseguir. Un modelo alternativo, o al menos algo que pretenda dar respuesta a qué pasaba en la Edad Media, necesita responder esos mismos interrogantes que el feudalismo pretende responder con semejante simpleza.

Y no porque el feudalismo sea buena explicación. Es simple (en su connotación más peyorativa), es mala historiografía, es algo cargado con más significado que el propiamente histórico y hasta sus defensores reconocen su limitación (en muchos casos, al menos). Pero necesitamos entender la estructura social y la organización política y necesitamos hacernos preguntas pertinentes. Ignorar parte de la pregunta también nos dará una respuesta equivocada, y la pregunta también requiere que miremos cómo los individuos se relacionan entre sí.

Desgraciadamente, a Reynolds no le ha seguido ninguna estela de historiadores de éxito que cuestionan sus hipótesis. Ni para confirmarlas ni para rechazarlas. Es una obra muy erudita, es comprensible. Pero el avance científico se logra a través del diálogo de la comunidad científica a través de su obra académica. Es difícil encontrar historiadores trabajando en esto mismo, propiedad, relaciones sociales y propiedad o estructuras políticas fuera de la historia más puramente institucional que no pretende examinar estos aspectos más... "sobados" por el feudalismo. Y es muy fácil encontrar a los que siguen hablando en términos de feudalismo sin querer usar su significado marxista (que es un método de análisis particular y perfectamente válido).

Ya para concluir, quiero decir por qué he escrito esta serie eterna de entradas sobre feudalismo. Lo he hecho porque me aburre mucho la discusión en términos simplistas. El período medieval es muy complejo y rico, como cualquier otro. Pero por tradiciones académicas muy arraigadas (y nacidas del Renacimiento postmedieval), siempre se reduce a lo más absolutamente anodino y se recurre a esteretipos y tópicos sin fundamento ni rigor históricos. Es un período de ruptura con el clasicismo, donde aparecen numerosísimas soluciones nuevas y originales a los problemas humanos. Algo tan básico como la integración de la comunidad en la vida política tiene poco que ver con la tradición grecorromana, pero es el verdadero y muy lejano origen de nuestras fórmulas polítcas actuales. El Parlamentarismo nace del funcionamiento habitual de las comunidades medievales, fueran aldeas o reinos. Los sistemas liberales nacen en respuesta a la sociedad tradicional del Antiguo Régimen que tiene su origen en la sociedad medieval (aunque los estamentos en sí sean algo bastante tardío en el período). Es hora de actualizar la mirada y dejar de estudiarlo desde la óptica del XIX.

lunes, 25 de noviembre de 2013

Distopías y miedos en la ciencia ficción


Me centraré en el artículo y en lo que dice de Huxley, que es interesante por cómo suele verse como habiendo "acertado" en sus profecías... más que Orwell, dicen. Bueno, yo no creo que ninguno acierte, porque no están escribiendo del futuro, están escribiendo del presente.

Las dos cosas que dice que anticipa Huxley no las anticipa, era su sociedad. Tanto la sociedad del consumo como la sociedad tecnológica nacen a finales del XIX. El capitalismo globalizado proviene del XIX, no es algo nuevo (otro tema es esta forma de capitalismo globalizado que sufrimos). Entender esto es vital para entender de qué habla Huxley. Por qué no habla del futuro, sino que habla de su tiempo. Está escribiendo sobre lo que teme una persona criada en el pensamiento liberal burgués (su familia era de intelectuales británicos criados a mediados del XIX).

Y es su terror al consumo lo que marca su obra. Proviene de la decadencia del pensamiento burgués, liberal y tradicional que se ve desterrado por el capitalismo globalizado de fines del XIX. Por eso su pavor a la sexualidad desenfrenada, a la droga del placer como método de control social, que no consecuencia del dominio social y económico, como son las drogas en realidad. El pensamiento burgués tradicional pone un fuerte énfasis en la vida austera, en no llenar la vida de lujos innecesarios, de aquello no indispensable. Así, el consumismo no es más que derroche, es una forma de esclavizarse a la necesidad material por encima de la espiritual y la intelectual.

Su crítica al consumismo no se basa en ninguna razón ecológica (bueno, sería más apropiado malthusiano), no por ser una forma de enriquecerse de las élites económicas gracias al trabajo. De hecho, que no vea que es el poder financiero el rostro del dominio en el nuevo orden mundial demuestra que no estaba poniendo el foco donde debía (y en los 30 era perfectamente evidente como lo es hoy día). En esencia, su resistencia a la sociedad fordiana no proviene de un análisis de las relaciones entre capital y trabajo, sino que de la crítica moral y la amenaza a la individualidad burguesa.

De hecho, en este aspecto de individualismo es curioso que también Orwell plantee temas muy similares... lo que no sé es hasta qué punto Orwell habría sido un tradicionalista. En cualquier caso, diversos elementos de la sociedad que teme Huxley provienen de su temor a la pérdida de individualidad: niños educados en grupos para destruir su individualidad, condicionamientos psicológicos para someter el pensamiento individual al pensamiento social, reproducción artificial que deshumaniza, incluso el sexo libre deshumaniza.

Porque, realmente, cuando alguien escribe ciencia ficción distópica o utópica, lo que está haciendo es plantear los temores y anhelos que es persona tiene (y que se corresponden al pensamiento de otros, claro). Huxley no inventa la sociedad de masas consumista, lleva al extremo lo que más teme de ésta.

Y dejemos una cosa clara: vivimos en una sociedad postindustrial con poco que ver con la sociedad fordiana. No vivimos en un bucle de producción sin fin que solamente se justifica a sí mismo a través de este sistema de consumo. La sociedad de consumo tiene muchas fallas, pero fue también la que puso al alcance de un número inusitado de personas instrumentos para mejorar su calidad de vida. Para comunicarse, para disfrutar y para trabajar menos en algunos aspectos. Por eso el comunismo nunca buscó destruir el consumo, solamente suplantar las relaciones sociales y económicas que había tras él.

Podría pensarse que Huxley plantea, a través de sus castas, también la explotación económica. Pero hay que recordar que no plantea que los productores sean los prisioneros, lo es toda la sociedad al margen de su función. Es una sociedad totalitaria que tiene más que ver con la república de Platón que con un modelo social real. También es una sociedad que no se estructura por la producción y el consumo, sino que producción y consumo son métodos de control social y aparece originada primero como modelo intelectual que se impone a través de las diversas formas de control. De hecho, la propia estructura social no es más que el medio para lograr el fin deseado por la sociedad fordista del libro: la paz y la estabilidad social de una sociedad feliz. A partir de esta idea se crea todo: castas modificadas y condicionadas para cumplir una función que, a su vez, les hace felices por lograrlo. Drogas, sexo y consumo para satisfacerlos y que no deseen ningún cambio, ni imaginarlo siquiera.

¿Acierta? Es lo menos interesante. Huxley plantea una pregunta básica: ¿es más importante la libertad o la felicidad? Y el contexto de la pregunta lo construye a través de todo lo que teme de su propio mundo. No nos está advirtiendo del futuro que se acerca, está hablando de su tiempo. Pero nuestra sociedad es todavía muy parecida a la sociedad de Huxley (sociedad de masas, de consumo, absolutamente socializados en el individualismo y el capitalismo, etc), las cosas que se pregunta y teme resuenan con fuerza en nuestro pensamiento colectivo.

Y, por concluir y enlazar con el título, las mejores distopías son las que logran cuestionar sus sociedades, que la gente comparta la crítica y medite sobre aquello que temen y a dónde lleva el camino que están tomando. Orwell nos hace pensar sobre los regímenes totalitarios y las élites que los controlan, del seguidismo acrítico de la ideología. Hyxley nos hace pensar en libertad, en los placeres y la felicidad como fin. ¿Qué distopía podría escribirse hoy en día? Alguna ciencia ficción se ha escrito sobre el capitalismo sin límites: Leyes de mercado de Richard Morgan. Hace poco la película Elysium hablaba de inmigración y desigualdad social. La ciencia ficción podrá disfrazarse del futuro, pero la que no trata específicamente sobre la especulación científico-tecnológica, siempre, siempre, trata sobre su presente.

martes, 12 de noviembre de 2013

Deconstruyendo el feudalismo (III)



Ayer planteé que las propiedades carolingias tenían poco que ver con las formas de propiedad del medievo tardío, que es donde existe una ley de feudos que se retrotae, anacrónicamente, al medievo carolingio. Hoy veremos el germen de la ley de feudos, el feudo originario, y su evolución. Aunque muy rápidamente, porque Reynolds no se lo ventila, precisamente, en un par de páginas.

De antemano, hay que decir que la ruina del poder real tampoco debe hacernos pensar que todo el mundo olvidó inmediatamente cómo eran sus formas de poseer la tierra. Incluso en el siglo XI existe un recuerdo, en algunos casos, de los deberes a los que obligan los beneficios poseídos de otros. Pero las prácticas se fueron perdiendo gradualmente a medida que no había nadie para obligar a hacerlo, en el caso de los beneficios de los magnates, o el interés por imponer una nueva forma de autoridad, como los castellanos con sus jurisdicciones.

También hay que señalar que, irónicamente, la construcción de la mutación feudal en el siglo XI se ha elaborado sobre cartularios eclesiásticos. El sistema feudal, por antonomasia la forma de gobernarse de las muy marciales élites medievales, se basa en la lectura de documentación donde la Iglesia acuerda concesiones con laicos (de propiedades eclesiásticas) en clave de conceptos y reglas del medievo tardío y su ley de feudos. No significa que no sea así, pero hay que mantener cierto especticismo y pensar que las necesidades eclesiásticas y las laicas pueden haber llevado a soluciones distintas sobre derechos y obligaciones en la propiedad.

Antes del siglo XII es difícil categorizar adecuadamente los feudos. Parece una forma de propiedad muy heterogénea, difícil de sistematizar. Está claro que se trata de una propiedad restringida, a menudo con herencia limitada, por vidas o años, que debe servicio militar a quien ha concedido esa propiedad. Por supuesto, la alienación queda fuera de los derechos de quien la posee de otro (sea una persona laica o la Iglesia). Conservamos mucha documentación eclesiástica porque, como dictan las normas de la Iglesia, la propiedad eclesiástica es inalienable de forma permanente y ello haría especialmente importante tener excelentes registros de las propiedades y sus tenentes (también porque los laicos no disponían del capital cultural de la Iglesia para tener esos registros). A ellos también les debió interesar una forma muy restringida de propiedad que proporcionara hombres armados sin tener que mantenerlos como séquito armado permanentemente junto a los clérigos.

Beneficio, precaria o feudo (en sus muchas variantes) no parecen haber contenido ninguna diferencia en categoría. A menudo dan la impresión de ser usados como palabras perfectamente intercambiables. En ocasiones, eso sí, aparece también otro sentido adicional: algo así como el conjunto de una propiedad. Es decir, alguien podría señalar que "ese beneficio proviene de mi feudo en Ille-de-France". 

Es interesante considerar que es durante los siglos XI y XII que el feudo se irá asociando, poco a poco, a la propiedad nobiliaria donde antes ésta era, eminentemente, plena. El cambio de temrinología es curioso, porque se puede observar que, en diversos momentos, todavía está bastante claro que feudo no significa necesariamente que se disponga de derechos restringidos. Pero tampoco se refiere al dominio general de las propiedades de una persona, sino que es un feudo concreto. Hasta entonces, a menudo se ven a tenentes de origen muy humilde, incluso campesinos, tanto como personas acomodadas, aunque en absoluto parte de las élites.

Confieso que el proceso por el que el feudo pasa a ser asociado no me quedó muy claro. Esta parte la leí poco antes de ponerme enfermo en los primeros momentos de la enfermedad y parece que lo recuerdo peor de lo que pensaba. Cuando lo compre en papel leeré nuevamente el libro y ya veremos entonces si es necesaria una nueva entrada para aclararlo.

Reynolds plantea que un foco del cambio proviene de Italia. Allí, diversas ciudades y comunidades están haciendo un nuevo pacto con las aristocracias locales y les entregan propiedades en forma de feudo. Así, el feudo ganaría un gran prestigio social. Cuando aparecen los académicos de la ley en las ciudades italianas y van a otro lugares, exportan esta idea de feudo nobiliario y las ideas contenidas en el Libri Feudorum (que trataré un poco después). Reynolds cree que el sur provenzal y occitano podrían haber sido un primer foco de este nuevo feudo aristocrático, como cierta documentación de Montpellier. Considera que son formas de crear vínculos de dependencia y solidaridad con élites locales por parte de los grandes magnates. Una forma de actuar que irá extendiéndose poco a poco. De aquí nacerá el feudo "de reprise" (no tiene traducción directa), donde un alodio se entrega a un señor, que lo devuelve al nuevo vasallo.

El Libri Feudorum, por su parte, es un tratado con comentarios acerca de unas ordenanzas de Conrado II en 1037 para resolver las disputas entre el obispo de Milán y sus feudatarios. Aquí se disponen una serie de normas, seguramente pretendidas como excepciones para este caso, que se acabaron tomando como reglas de la ley de feudos posterior por la poderosa influencia del Libri Feudorum, que se adjuntaba al Digestum de derecho romano. Todos los académicos que corrieron por Europa desde el siglo XII lo conocía, aunque fuera mínimamente, e influyeron en su forma de tratar la propiedad en forma de feudo.

No obstante, el derecho académico no fue solamente influyente por el Libri Feudorum. A partir del siglo XII comienza el desarrollo de los Estados medievales. La monarquía francesa comienza a proyectar mayor poder y las demás se van burocratizando. Esto impulsa la codificación y sistematización de las leyes formales, lo cual creará lo que se ha interpretado de forma simplista por la historiografía como feudalismo en los últimos siglos del medievo. Es decir: deberes y derechos se definen más acotadamente, impuestos, rentas y tributos se van estableciendo, el servicio militar debido se codifica (aquello de días y cuotas), se va formando una jerarquía feudal, si bien proviene de la suma de muchos de estos procesos más que de querer crearla intencionadamente. Incluso se originan las teorías de la delegación del feudo desde el rey por última instancia.

No hay que desdeñar lo que plantea, porque el modelo feudal tradicional plantea que el feudalismo nace de la anarquía postcarolingia (en Inglaterra de la conquista normanda) y muere con el desarrollo de los estados en los diferentes reinos. Ella justo lo invierte, y es la burocratización y academicismo en la ley lo que crea una sistematización que homogeniza en los distintos reinos y comunidades las prácticas y leyes de las propiedades nobiliarias. Va contra la idea de que el medievalismo (entendido como lo feudal) va muriendo a medida que se acerca el período moderno, que la evolución histórica es dejar atrás lo medieval para acercarse a la modernidad.

La única excepción es Inglaterra, porque allí la ley académica nunca tuvo demasiada influencia y siempre funcionaron más particularmente. La teoría feudal decía que el feudalismo llega con Guillermo el Bastardo. Lo que Reynolds demuestra es que no hay diferencias significativas entre la Inglaterra pre y post Conquista. Guillermo y sus herederos más inmediatos siguen las mismas políticas y estrategias que los reyes sajones. Además, al igual que los emperadores, mantuvieron un poder público fuerte, capaz de homogeneizar el reino de forma temprana. De ahí que aquí aparezca lo más parecido a la teórica jerarquía propietaria (los tenant in chief), lo que se interpretó como feudal duties por la historiografía se pueda observar de forma bastante temprana o que sean los primeros en demostrar conflictos importantes entre la aristocracia y la monarquía durante la sistematización de derechos y deberes (las guerras de los barones).

Y hasta aquí la construcción de Reynolds y algunos de sus planteamientos. Los argumentos, bueno, son difíciles de plantear sin empezar a repetir sus citas de montones de documentos. Son 500 páginas densas, es difícil de condensar. La próxima serán algunos problemas de lo que plantea, que los hay.

domingo, 10 de noviembre de 2013

Deconstruyendo el feudalismo (II)






Examinados los conceptos y las respuestas que da Reynolds, es hora de ver qué plantea ella sobre la propiedad de la tierra del siglo IX a comienzos del XIV. Nos centramos en la propiedad porque, una vez descartado el feudo como vínculo social, no queda otra cosa que ver cómo evoluciona la propiedad nobiliaria en el período.

De antemano hay que señalar que, ciertamente, las propiedades aristocráticas eran feudos desde el siglo XII. Ahora bien, ¿que fueran feudos significa que tuvieran todas las obligaciones, deberes, derechos y particularidades que les adscribe el feudalismo? Incluso aquellos que defienden el feudalismo reconocen que todas las nociones con que carga el feudo no se corresponden a la realidad particular de los distintos lugares. A menudo se decía que la península ni siquiera se había feudalizado realmente, salvo los condados catalanes (Italia es otro lugar a menudo dejado de lado). ¿Es un paso tan grande dejar de lado construcciones historiográficas y estudiar qué caracteriza la propiedad de la tierra en cada uno de los reinos medievales? Parece que sí.

En cualquier caso, sin volver a repetir por qué deberíamos abandonar el feudalismo, ya hablé de la historia especulativa en la que se basa la historia del feudo según el feudalismo que sale del Libri feudorom. Una cosa de ahí es cierta, el feudo lo encontramos en el reino y, luego, imperio, de los francos. La historia del régimen alodial (propiedad libre) prefeudalismo es, en cierto modo, cierta. En tanto que había numerosas propiedades libres, si bien sujetas a la costumbre y tradición local. Una de las sujeciones más habituales era que los herederos tenían derecho a oponerse a la alienación de su herencia. Las fuentes del período no son extremadamente numerosas, pero hay cierta impresión de que era el conflicto más habitual para que los herederos se querellaran.

En el modelo feudal, el beneficio (beneficium) es la propiedad libre que luego se convierte en el feudo clásico (a menudo llamado casamentum). Reynolds argumenta que, si nos atenemos a las fuentes, beneficium (verbo regis), in beneficium, beneficario iure y otras variaciones como precaria, están asociadas a una forma de propiedad sujeta a derechos restringidos, muy a menudo ser un beneficio por una o varias vidas que después revierte a su propietario original. Es interesante que el beneficio pueda ser obtenido por los vassi al igual que los condes de la administración carolingia (y aparezcan diferenciados en los capitulares, lo cual indica que no eran las mismas personas). Y hay que añadir que beneficio también podía indicar favores y privilegios que provenían del monarca sin necesidad de ser propiedades.

La Iglesia, como gran propietaria, entra en el juego en diversas formas. La primera es recibiendo donaciones y entrando en conflicto con herederos de quienes alienaban las propiedades en favor de la Iglesia. La Iglesia tenía todas sus propiedades a perpetuidad, eran inalienables incluso por sus obispos. Pero los reyes carolingios usaban, de todas maneras, las tierras de la Iglesia en su beneficio: verbo regis, las concedían también en beneficio a súbditos (y no está claro si pagaban o no los tributos correspondientes... los beneficios del rey solían estar exentos de impuestos), del mismo modo que la propia Iglesia los daba para que se explotaran u obtener el servicio o amistad de aquellos que lo recibían. 

Ganshof argumentaba que las donaciones in propriam del rey a sus súbditos, vasallos para él,fueron infrecuentes y que, en cambio, los beneficios fueron la norma en este período carolingio.Sin embargo, del estudio de las fuentes no se aprecia un desequilibrio entre una y otra forma de propiedad. El argumento de que las propiedades aristocráticas eran feudos limitados (que pasaron a ser alodios durante la revolución feudal) no se deduce leyendo los documentos que tenemos.

Todo esto cambiará con la descomposición del Imperio. Será tanto unaa separación de los diversos territorios como la debilidad de la monarquía, que se verá incapaz de imponer su autoridad en el propio reino a partir del siglo X. La llamada anarquía feudal es, ciertamente, real en lo que será Francia. Ausente un gobierno efectivo, la aristocracia se apropiará de los beneficios y cargos de gobierno. El poder público se hará aún más difícil de diferenciar de la propiedad. Es la privatización del poder, ejemplificado en la figura del conde, primero cargo nombrado por los emperadores, después título de los magnates del reino. Sin embargo, esto solamente parece efectivo para el reino carolingio en Francia. El reino de los francos en el este (Alemania e Italia) seguirá bajo la autoridad de reyes y después emperadores. Inglaterra no sufrirá ninguna discontinuidad gubernamental, excepto las guerras con loa daneses y los cambios en el poder, pero éstos no llevarán a nuevas formas de gobierno.

Esencialmente, esto implicará que las propiedades también cambiarán. Las reglas se irán olvidando a medida que son ignoradas, pues no hay nadie que haga efectivas las condiciones por las que los beneficios se poseen. Habitualmente, serán acuerdos privados, pactos ad hoc, los que decidan qué rige obligaciones, qué mueve a que la justicia (privada) setencia como lo haga*. Para cuando se supera esta anarquía, aparece la enorme atomización medieval: de las castellanías surgen las jurisdicciones, los señores locales que se han apropiado de la autoridad pública y han impuesto un sistema de rentas y tributos sobre incluso aquellos que tenían propiedades libres. Lo que se conocerá después como derecho de bando.

Como esto es extremadamente largo, habrá que hacer una tercera parte para tocar la historia del feudo que propone Reynolds.

*Se podría entender que esto viene a ser el feudalismo. Pero un argumento feudalista es que, ya en este período, está en plena configuración el modo de actuar, las normas y costumbres propias del sistema feudal. Ya no podría ser algo circunstancial, que varía caso a caso, lugar a lugar, sino que se trata de una norma no escrita pero codificada social y jurídicamente (aunque sea a nivel regional).